Reuniones de Ministros - Actas - XIII RMS / CN - ACTA N°. 1/ 02 Anexo III

ANEXO III


PROYECTOS DE ACUERDOS

BUENOS AIRES, 6 DE JUNIO DE 2002

MERCOSUR/RMS/ACUERDO N 01/02

Acuerdo sobre Políticas de Prevención y Control del Dengue

 en el MERCOSUR, Bolivia y Chile"

VISTO:

El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones CMC 3/95, 23/00 y 59/00 del Consejo del Mercado Común, y los Acuerdos N 8/00 y 1/01 de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

CONSIDERANDO:

Que la reintroducción del vector  Aedes aegypti  en los Estados Partes del MERCOSUR,  Bolivia y Chile así como en el resto de América; impacta negativamente sobre la situación sanitaria y económica de la población y en los procesos productivos de dichos países, incluido el turismo regional;

Que la progresión en materia de infestación domiciliaria por Aedes aegyti, la creciente de dispersión, el ingreso de nuevos serotipos del virus dengue y la gran magnitud de las últimas epidemias en la región hace imprescindible mantener la prioridad en forma continua en lo relacionado a la asignación de recursos;

Que los informes de la Comisión Intergubernamental de Vigilancia y Control de la Infestación por Aedes aegypti y de la Transmisión del Virus Dengue para los países del MERCOSUR, Bolivia y Chile, creada en la RMS, Bolivia y Chile, (Acuerdo N° 1/01 ) expresa que la situación que presentan actualmente los países ante la introducción del serotipo 3 en la Región con el consecuente aumento de casos de Dengue Hemorrágico, hacen necesario fortalecer  y dar sustentabilidad a las acciones preventivas y de control;

Que las dificultades presupuestarias existentes en los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile no deben perjudicar las acciones de control del vector y prevención del Dengue;

LOS MINISTROS DE SALUD

ACUERDAN:

Art. 1°: Realizar todos los esfuerzos necesarios para mantener las prioridades en todos los ordenes de los Estados Partes del MERCOSUR , Bolivia y Chile para dar continuidad a la permanente tarea de impulsar acciones sostenibles para el control del vector Aedes aegypti, transmisor del Dengue y Fiebre Amarilla como factor indispensable para mantener niveles de densidad vectorial menores al 1% durante todo el año.

Art. 2°: Implementar la utilización de la Planilla de Notificación Semanal en áreas de frontera, que se adjunta y forma parte del presente Acuerdo, la cual deberá ser intercambiada entre los puntos focales de los países que integran la Comisión Intergubernamental de Vigilancia y Control de la Infestación por Aedes aegypti y de la Transmisión del Virus Dengue para los países del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

Art. 3°:  Los Ministros elevan para conocimiento del Consejo del Mercado Común la priorización de estas Iniciativas.

Por la República Argentina

 

Por la República Federativa del Brasil

Por la República de Paraguay

 

Por la República Oriental de Uruguay

 Por la República de Chile

 

Por la República de Bolivia


 

MERCOSUR/RMS/ACUERDO N 02/02

Acuerdo sobre la creación de la Comisión Intergubernamental para promover una Política Integrada de lucha contra la epidemia de VIH/SIDA  en la región del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

VISTO:

El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 3/95, N° 59/00 del Consejo del Mercado Común y el Acuerdo N° 5/00 de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

CONSIDERANDO:

Que la situación epidemiológica en los países del MERCOSUR, Bolivia y Chile en relación al VIH/SIDA y su considerable impacto social, económico, político con repercusiones directas sobre la salud hace necesario optimizar esfuerzos para el desarrollo de acciones articuladas entre instancias gubernamentales nacionales, ONG’s, sector privado y Organismos Internacionales;

Que se hace necesario ampliar la accesibilidad de la población a los medicamentos considerando los requerimientos de los diferentes grupos sociales que integran la región; garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos que circulan en el área; promover una cultura de uso racional de los medicamentos y crear un ambiente de investigación, cooperación horizontal y desarrollo en el sector;

Que es indispensable promover y establecer estrategias para la realización de intercambios de experiencias, informaciones, tecnologías, desarrollo de instrumentos comunes de gestión y el fortalecimiento de los Programas Nacionales.

LOS MINISTROS DE SALUD

ACUERDAN:

Art. 1º: Aprobar la creación de la Comisión Intergubernamental (CI) para promover una Política Integrada de lucha contra la epidemia de VIH/SIDA  en la región del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

Art. 2°: El CI estará conformado por un representante de cada Estado Parte del MERCOSUR, Bolivia y Chile,  que se designará en un plazo no mayor de sesenta días.

Art. 3º: Los gobiernos evaluarán las posibilidades de instrumentar con organismos internacionales comprometidos en la temática, actividades concretas de cooperación técnica.

Art. 4º: Se establecen los siguientes items como objetivos de la presente iniciativa:

a)     Promover una política integrada para combatir la epidemia del VIH/SIDA en la región, a través de la conformación de la Comisión Intergubernamental dependiente de la Reunión de Ministros de Salud del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

b)     Optimizar esfuerzos para el desarrollo de acciones articuladas entre instancias gubernamentales nacionales, ONG´s y Organismos Internacionales.

c)      Promover y establecer estrategias para la realización de intercambios de experiencias, informaciones y tecnologías.

d)     Promover el desarrollo de instrumentos comunes de gestión y de fortalecimiento de los Programas Nacionales.

e)     Coordinar y complementar acciones de vigilancia epidemiológica y control, estableciendo criterios y parámetros de investigación del VIH/SIDA entre los países de la región.

f)        Fomentar acciones de educación y campañas de información a la población en general y fortalecimiento e implementación de los comités de salud de las área de fronteras.

g)     Promover el intercambio de tecnologías y experiencias para la implementación de la metodología y acceso al diagnóstico precoz del VIH.

h)      Promover el acceso a las personas viviendo con VIH a los medicamentos antirretrovirales, para infecciones oportunistas e insumos diagnósticos; intercambiando experiencias y tecnologías en las áreas de producción, control de calidad, comercialización, leyes de patentes y de genéricos, uso racional, adherencia a los tratamientos.

Por la República Argentina

 

Por la República Federativa del Brasil

Por la República de Paraguay

 

Por la República Oriental de Uruguay


 Por la República de Chile

 

Por la República de Bolivia

 

 

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